El autoconsumo basado en las energías renovables se está convirtiendo en una opción cada vez más conveniente en todos los sentidos. No solo tiene un impacto medioambiental positivo ya que te permite reducir tu huella de carbono, sino que también te ayuda a ahorrar en la factura de la luz y ahora incluso puedes aprovechar […]
09/04/2024
El autoconsumo basado en las energías renovables se está convirtiendo en una opción cada vez más conveniente en todos los sentidos. No solo tiene un impacto medioambiental positivo ya que te permite reducir tu huella de carbono, sino que también te ayuda a ahorrar en la factura de la luz y ahora incluso puedes aprovechar algunos beneficios fiscales.
El año pasado, el Gobierno aprobó una serie de ayudas para impulsar el autoconsumo y las energías renovables en España, las cuales se sumaron a las medidas urgentes aprobadas en 2021 para incentivar la rehabilitación edificatoria, contando con los fondos procedentes del programa NextGenerationEU.
Andalucía, junto a Cataluña, Madrid y Valencia, han sido algunas de las comunidades más favorecidas con dichos programas y ayudas, destinados fundamentalmente a promover la energía solar y eólica, su almacenamiento y los equipos de energías renovables térmicas destinados a la climatización y el agua caliente sanitaria, así como a lograr que las viviendas sean más sostenibles.
De hecho, en la actualidad existen diferentes programas y varias categorías de ayudas. La Junta de Andalucía, por ejemplo, aprobó nuevas subvenciones para el Plan Ecovivienda, que supone una inyección de 133,5 millones de euros en total, aunque los ayuntamientos también están aplicando bonificaciones fiscales.
Uno de los principales beneficios fiscales del autoconsumo viene dado por las deducciones en el Impuesto sobre la Renta (IRPF). Como contribuyente, puedes deducir el 20 % del importe de las cantidades que hayas invertido en las instalaciones de autoconsumo eléctrico realizadas en tu vivienda habitual, aquella arrendada y en las instalaciones colectivas del edificio, siempre que no se encuentren relacionadas con el ejercicio de una actividad económica.
Específicamente, puedes deducir el coste de las instalaciones de autoconsumo eléctrico, aquellas destinadas a la producción de energía térmica a partir de la energía solar, la biomasa o la energía geotérmica para generar agua caliente sanitaria, calefacción y/o climatización.
Dicha deducción también se aplica a las instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de energía solar fotovoltaica y/o eólica destinadas a suministrar electricidad a las viviendas aisladas de la red eléctrica de distribución y cuya conexión a la misma sea inviable.
Cabe aclarar que la base máxima de la deducción es de 5 000 euros anuales, siempre que las obras realizadas contribuyan a reducir al menos un 7 % la demanda de calefacción y refrigeración. Eso significa que tendrás que acreditar la disminución de dichos indicadores con los correspondientes certificados de eficiencia energética de la vivienda, expedidos por un técnico acreditado al menos dos años antes de las obras e inmediatamente después de terminarlas. La deducción se aplica en el período impositivo correspondiente a la expedición del certificado de eficiencia energética.
Otro beneficio fiscal se refiere a las obras que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética de la vivienda habitual o arrendada. En este caso puedes deducir del IRPF hasta un 40 % de las cantidades destinadas a las obras, hasta un máximo de 7 500 euros anuales.
La condición es que dichas obras contribuyan a reducir al menos un 30 % del consumo de energía primaria no renovable, una disminución que también tendrás que acreditar a través de los correspondientes certificados de eficiencia energética de la vivienda o demostrando que ha subido de clase energética.
Una tercera ventaja fiscal implica la posibilidad de deducir el 60 % de lo invertido en las obras de rehabilitación que mejoren la eficiencia energética en la vivienda. En este caso, tendrás que acreditar una reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30 %, con un máximo de 15 000 euros anuales.
Específicamente, puedes deducir los honorarios profesionales, los gastos de dirección de obras y creación de proyectos, así como el coste de la ejecución de las obras o instalaciones, la inversión en los equipos y materiales necesarios e incluso la emisión de los certificados de eficiencia energética.
En Andalucía también se aplica una bonificación fiscal del IBI, la tasa municipal que grava todos los bienes inmuebles. Podrás aprovechar una bonificación de hasta un 50 % de la cuota íntegra del impuesto durante 10 años, según el ayuntamiento. En Huelva, Almería y Torremolinos, por ejemplo, se aplica una bonificación del 50 % durante 3 años, en Granada, Jaén y Granada el periodo de tiempo disminuye a 1 año, en Dos Hermanas aumenta a 5 años y en Córdoba se aplica durante 10 años. En cambio, en Marbella se aprobó una bonificación del 25 % durante 5 años.
Otro beneficio fiscal a nivel regional que podrías aprovechar es la bonificación del ICIO, el impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras que se debe abonar para cualquier construcción, instalación u obra para la que se haya solicitado una licencia de obras o urbanística, independientemente de su obtención. Según el Ayuntamiento, podrías beneficiarte de una bonificación de hasta un 95 % de la cuota íntegra, como en el caso de Málaga, Granda y Cádiz o del 30 % en Huelva.
Por último, debes saber que las deducciones en el IRPF son compatibles con otras subvenciones o ayudas. No obstante, tendrás que descontarlas del total de la inversión susceptible de bonificación en el IRPF. Si estás interesado en instalar placas solares en tu casa, en QUANTICA Renovables podemos informarte sobre los beneficios fiscales. Escríbenos a info@quanticarenovables.com.
Los requisitos para ser beneficiario de las subvenciones de autoconsumo fotovoltaico en Andalucía para empresas varían en función del tamaño y la actividad que se va a desarrollar. Hay varias categorías recogidas al respecto, sin embargo se deben cumplir de forma general los siguientes principios:
Fuentes:
(2022) Orden de 26 de septiembre de 2022, por la que se efectúa convocatoria, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones para la rehabilitación a nivel de edificio, la mejora de la eficiencia energética en viviendas, la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en la Comunidad Autónoma de Andalucía. En: Junta de Andalucía.
(2022) Ley 10/2022, de 14 de junio, de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En: BOE.
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